Denegar vivienda a los sobrevivientes de la violencia doméstica puede ser una violación de las Leyes

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Todo el mundo encuentra difícil encontrar una vivienda decente y económica. Es posible que mujeres que son sobrevivientes de violencia doméstica tengan más dificultades de encontrar vivienda. Pero, ¿por qué?

En algunos casos, el arrendador tiene una póliza de denegar un apartamento a alguien que es un sobreviviente de la violencia doméstica. Quizás el arrendador tema que el abusador continuará causando problemas. En este caso, el arrendador tiene la intención de mantener fuera a los sobrevivientes de la violencia doméstica. Una mujer en el estado de Washington está demandando a su arrendador porque ella dice que esto le ocurrió. Actualmente, Connie Raney está demandando a su arrendador para discriminación sexual según las leyes de vivienda justa.

En otros casos, un arrendador puede tener una póliza que no dice nada especifico sobre sobrevivientes de la violencia domestica. Sin embargo, la póliza todavía puede tener repercusiones para un sobreviviente de la violencia doméstica. En un caso del estado de Oregon, el arrendador de Tiffani Anne Alvera le amenazó desahuciar porque tenía una póliza de "cero tolerancia." Cualquier persona involucrada en violencia es desahuciada. Aunque Sra. Alvera fue la víctima del abuso, no el abusador, el arrendador le amenazó con desahuciarla. En ambos casos, el arrendatario utilizó las Leyes de vivienda justa para objetar/desafiar a las acciones del arrendador. Las leyes de vivienda justa hacen ilegal discriminar contra una persona basado en su raza, etnicidad, origen nacional, religión, sexo, status familiar (la presencia de hijos), o incapacidad.

Desde 1974, la discriminación basada en sexo ha sido ilegal según la Acta federal de Vivienda Justa. Entonces, generalmente sería ilegal si un arrendador:

  • se niega alquilarle a alguien basado en el sexo de esta persona.
  • trata peor a las arrendatarias hembras que a los arrendatarios varones
  • acosa sexualmente a una arrendataria

La lista de grupos protegidos NO INCLUYE "sobrevivientes de violencia doméstica." La póliza no dice nada con referencia a mujeres en esta situación. En este tipo de caso de discriminación, el arrendatario no tiene que probar que el arrendador tuvo la intención de discriminar contra de mujeres. Generalmente, se puede encontrar prueba para este tipo de demanda en las estadísticas, por ejemplo, cuantas mujeres esta póliza afecta.

En el caso de Sra. Alvera, el arrendador tenía una póliza de "cero tolerancia," pero no decía nada específico sobre mujeres. Sin embargo, el departamento de desarrollo de vivienda y urbano (HUD por sus siglas en inglés) dijo que ocho de cada nueve víctimas de la violencia doméstica son mujeres, y que, a escala nacional, 90 a 95 por ciento de las víctimas de la violencia doméstica son mujeres. HUD decidió que la póliza del arrendador tenía un "impacto dispar"-- surte un efecto peor en mujeres.

Una vez que se prueba un "impacto dispar" (un efecto peor en mujeres), el arrendador tiene que probar que tenía una buena razón ("una necesidad comercial") para tener la póliza o práctica. Luego, la arrendataria puede tratar de probar que esta póliza o práctica no es necesaria, o que otra póliza puede funcionar sin tener repercusiones más graves para mujeres. Sra. Alvera tuvo éxito con su demanda de discriminación. HUD dijo que la póliza de su arrendador no fue justificada por "una necesidad económica." Eventualmente, las partes establecieron un acuerdo después de presentar el caso en con la Corte.

El caso en el estado de Washington todavía no se ha concluido. Este caso parece muy similar al caso de la Sra. Alvera. Si la corte en Washington decide que el rechazo a alquilarle a las víctimas de violencia doméstica constituye discriminación sexual, es posible que Sra. Raney pueda mudarse a la casa que desea, y recaudar dinero del arrendador también.

Una víctima de discriminación de vivienda pude presentar una demanda con la Comisión de los Derechos Civiles de Iowa (Iowa Civil Rights Commission) dentro de 180 días después del evento de discriminación, o con HUD dentro de un año después del evento, o presentar una querella con la corte dentro de dos años después la fecha de la discriminación.

Si usted tiene preguntas sobre discriminación sexual, por favor póngase en contacto con Iowa Legal Aid. Llame a 1-800-532 1275 para conseguir el número de nuestra oficina en su región. O, si usted tiene acceso al Internet, puede ir a www.iowalegalaid.org, para buscar la oficina en su región, además de otra información sobre sus derechos legales.

 

Última revisión y actualización: Nov 27, 2023
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