Inmigración

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¿Necesito ser residente o ciudadano de los Estados Unidos para solicitar ayuda de emergencia en caso de un desastre?


•    No. Puede calificar para programas sin dinero en efectivo de FEMA aun sin un estado migratorio legal.
•    Sin embargo, obtener otros beneficios depende de su estado migratorio.


¿Seré considerado una carga pública y se me negará la residencia si solicito ayuda de emergencia en caso de desastres?


•    No. Los Servicios de Inmigración y Ciudadanía de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) no considerarán el aceptar asistencia pública en efectivo de la ayuda de emergencia en caso de desastres como un evento que le impediría llegar a ser residente.
•    No se le clasificará como carga pública solamente porque acepta ayuda de emergencia en caso de desastres.


Si perdí mi tarjeta de residente en el desastre, ¿cómo puedo obtener un reemplazo?


•    Necesita llenar el formulario I-90. Puede presentarlo por correo a: USCIS, P.O. Box 21262, Phoenix, AZ 85036. También puede presentarlo electrónicamente en http://uscis.gov.
•    Puede obtener el formulario de inmigración I-90 de USCIS llamando al 1-800-375-5283 (1-800-767-1833 si tiene problemas de audición) o visitando http://www.uscis.gov/i- 90.
•    Además del I-90, debe presentar una copia de algún tipo de identificación emitido por el gobierno que incluya su nombre, firma, fecha de nacimiento y fotografía. También debe incluir un cheque de caja o giro postal por $455.00, más una tarifa de $85.00 por datos biométricos. (La tarifa total es $540.00). El cheque de caja o giro postal debe estar a nombre de "U.S. Department of Homeland Security."
•    Si no puede pagar la tarifa, puede completar una solicitud de exención de tarifas, formulario I-912, en http://www.uscis.gov/feewaiver. Este formulario debe enviarse junto con su formulario I-90 completo. Todas las solicitudes de exención de tarifas deben realizarse por correo y no pueden presentarse electrónicamente.


Si perdí mi permiso de trabajo en el desastre, ¿cómo puedo obtener un reemplazo?


•    Necesita llenar el formulario de inmigración I-765.
•    Puede obtener el formulario de inmigración I-765 de USCIS llamando al           1-800-870-3676 o visitando http://www.uscis.gov/i-765.
•    Si tiene una fotocopia de su permiso de trabajo perdido, adjúntela al I-765. También adjunte una fotocopia de cualquier documento que le autoriza tener un permiso de trabajo, como una solicitud de asilo, suspensión de deportación o un ajuste de estado.
•    Debe incluir un cheque de caja o un giro postal de $410.00 para obtener un reemplazo del permiso de trabajo.
•    La dirección de USCIS a la que debe enviar su formulario I-765 depende de su estado migratorio. Para saber qué dirección debe utilizar, consulte http://www.uscis.gov/i-765-addresses, llame al 1-800-375-5283 o consulte con un abogado de inmigración.
•    También puede presentarlo electrónicamente en http://www.uscis.gov
•    Si no puede pagar la tarifa, puede completar una solicitud de exención de tarifas, formulario I-912, en http://www.uscis.gov/feewaiver. Este formulario debe enviarse junto con su formulario I-765 completo. Todas las solicitudes de exención de tarifas deben realizarse por correo y no pueden presentarse electrónicamente.


¿Puedo trabajar mientras espero un reemplazo?


•    Quizás. Consulte con un abogado de inmigración.


¿Necesito notificar USCIS o la corte de inmigración que me he mudado como consecuencia del desastre?


•    La ley exige que casi todos los ciudadanos no estadounidenses informen un cambio de dirección dentro de los 10 días posteriores a la mudanza completando el formulario AR-11. Si no tiene un caso ante la corte de inmigración, puede hacer el cambio en línea en: www.uscis.gov y hacer clic en "Cambio de dirección".
•    Si tiene un caso pendiente, debe preguntarle a su abogado dónde enviar la notificación de su cambio de dirección. Si no tiene un abogado, debe consultar en línea o llamar al 1-800-375-5283 para saber cómo cambiar su dirección.
•    Si se encuentra en un albergue o refugio de tiendas de campaña porque su casa sufrió daños, debe proporcionar la dirección de un familiar o amigo que pueda recibir su correo hasta que pueda obtener otra vivienda.
•    Asegúrese de incluir su número de registro de extranjero en todas las cartas o formularios que envíe a USCIS.
•    Envíe toda la correspondencia por correo certificado y asegúrese de conservar una copia de todo el correo que envíe o reciba.

 

 

Asistencia Legal de Iowa (Iowa Legal Aid) ayuda a clientes elegibles con problemas "civiles" o no-criminales. Muchos de los asuntos que las víctimas de un desastre enfrentan involucran problemas legales los cuales Asistencia Legal de Iowa y otros abogados pueden proveer asistencia. 

  • Iowa Legal Aid proporciona ayuda a los residentes de Iowa de bajos ingresos.
    • Para solicitar la ayuda de Iowa Legal Aid:
    • llame 800-532-1275, residentes de Iowa mayores de 60 años, llame al 800-992-8161 
    • O solicitar en línea en iowalegalaid.org

Si Iowa Legal Aid no le puede ayudar, se puede buscar un abogado en "Find a Lawyer" en la página web del Colegio de Abogados del Estado de Iowa - iowabar.org. Un abogado privado puede hablar con usted por un costo de $ 25 para 30 minutos de asesoría jurídica.

*A medida que lea esta información, recuerda que este artículo no es un sustituto de asesoramiento legal.

Última revisión y actualización: Jan 12, 2024
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